- 14 Junio 2016
- Publicado en Derecho Civil
En el presente artículo explico el procedimiento que ha de seguirse para que un tutor solicite la venta directa de la vivieda de su tutelado, sin necesidad de subasta. Os acompaño también modelo de escrito, suscrito por Abogado y Procurador.
El representante, administrador, curador, defensor judicial, o inclusive el constituido en tutela o curatela si no lo tuviese prohibido, deben plantear la petición ante el Juzgado del domicilio o residencia de éste. Se deberá indicar como antecedente el nº de procedimiento de tutela y Juzgado para su reparto. |
Tras ello el Juez, mediante Auto, denegará o concederá la petición, que lo será bajo la condición de efectuarse en pública subasta, salvo que se hubiera solicitado la venta directa o por persona o entidad especializada, petición que podrá ser concedida en la resolución.
El Juez está facultado para adoptar las medidas necesarias para asegurar que el dinero obtenido se aplique a la finalidad que se indicó en la petición.
La decisión podrá ser recurrida en apelación, quedando en suspenso hasta que sea resuelto el asunto por la Audiencia Provincial.
Será expedido testimonio de la resolución accediendo a la venta para que se una a la Escritura Pública de venta.
La duración del proceso depende del Juzgado que conozca el asunto; suele oscilar entre uno y tres meses.