Desde noviembre de 2014 el empleador deja de cumplir con su obligación de abonar los salarios al trabajador, hasta que en octubre de 2015 entrega carta de despido alegando causas económicas y cierre del centro de trabajo. En la comunicación de despido, el empleador indica que pondrá a disposición del trabajador cuando el despido sea efectivo, la indemnización correspondiente a despido objetivo legalmente establecida en 20 días por año de trabajo, y que cuantifica en 7.544,10 euros.
La empresa en ningún momento abona la indemnización y tampoco los salarios devengados y no percibidos por el trabajador, por lo que, el trabajador disconforme con el despido practicado y la falta de pago de las nóminas, presenta papeleta de conciliación en tiempo y forma. Este procedimiento judicial ha sido defendido por la Letrada Desi Boeva, integrante del Departamento laboral de Valero&Saiz Abogados - http://www.abogadosdespidomadrid.com/ |
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El siguiente enlace contiene información detallada relativa a despidos http://www.quieroabogado.es/abogado-especialista-en/derecho-laboral/despidos-informacion-abogados-laboralistas
Demanda por despido improcedente y reclamación de cantidades, y Sentencia estimatoria
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