Sentencia pionera que reconoce afecto de incapacidad permanente total para la profesión de ingeniero de telecomunicaciones a trabajador que padece síndrome de electrosensibilidad. Es la primera sentencia estimatoria de invalidez en grado de total que se basa en el síndrome de electrosensibilidad como causa principal.
Dicho síndrome impide que las personas que lo padezcan puedan trabajar y hasta simplemente permanecer en entornos con campos electromagnéticos, es decir, lugares con presencia de conexiones móviles y wifi radiofrecuencia. Los síntomas que aquejan cuando están expuestos a contaminación electromagnética en líneas generales se resumen en dolor de cabeza, dolores musculares, trastornos del sueño, irritabilidad, etc. La no exposición mejora la sintomatología.
En el caso de la sentencia el INSS había denegado el reconocimiento de cualquier grado de incapacidad permanente. El Juzgado de lo Social mantuvo esa valoración negativa. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid consideró acreditadas unas limitaciones de suficiente entidad como para ser impeditivas de realizar la actividad laboral habitual. Concretamente, el ingeniero prestaba servicios para una multinacional tecnológica. Por los síntomas que le causaban los campos electromagnéticos inició periodo de incapacidad temporal que culminó con la incoación de procedimiento de incapacidad permanente. El tribunal medico consideró que las limitaciones funcionales no eran definitivas y consecuentemente el INSS dictó resolución denegatoria.
|
Más información sobre Incapacidades
![]() Por Vicente J. Saiz Marco - Abogado
|