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En el presenta artículo les mostramos la Diligencia de Ordenación que, normalmente, notifica el Juzgado cuando la demanda ha sido presentada y formalmente ha sido aceptada la misma. Si es así se cita a las partes para una comparecencia cuya finalidad es intentar llegar a un acuerdo en el cual quede cerrado el inventario de la Liquidación del Régimen Económico Matrimonial.
Debemos indicar que, habitualmente, se producen conversaciones entre las partes antes de dicha comparecencia, en aras de llegar a la cita con alguna posibilidad de solucionar y aprobar un acuerdo de liquidación del régimen económico matrimonial que satisfaga a las partes.