Motivos más frecuentes por los que se deniega la Nacionalidad Española y Recursos a interponer.
En la actualidad son numerosas las denegaciones de Nacionalidad que se están produciendo, los motivos más comunes son los siguientes:
- Falta de integración, en estos supuestos el solicitante ha realizado un "examen" bien oral o escrito ante el Juez Encargado del Registro Civil y no ha sabido contestar alguna de las cuestiones realizadas, bien por desconocimiento o simplemente se ha quedado en blanco como consecuencia de los nervios sufridos. La administración, en contra de lo dispuesto por la jurisprudencia y sin valorar las circunstancias personales del solicitante deniega de forma inmediata la solicitud. Contra la denegación puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, o bien recurso contencisoso administrativo en el plazo de dos meses, lo importante independientemente del recurso que se realice es acreditar el arraigo del solicitante en España y demostrar documentalmente su integración (informe de vida laboral, cursos de formación...).
- Caducidad del certificado de antecedentes penales aportado, éste documento tiene un plazo de caducidad de tres meses y como consecuencia de ello y las irregularidades que se están produciendo en la tramitación se deniegan las solicitudes de nacionalidad. En este caso el interesado ha presentado el cerfificado en vigor junto con el resto de la documentación pero como consecuencia de la lentitud en la tramitación éste se caduca y el Ministerio de Justicia, sin requerir al interesado para que aporte uno nuevo en vigor, considera que no se ha acreditado buena conducta cívica y deniega la nacionalidad. Evidentemente el motivo alegado carece de fundamento, pues el hecho de que el documento se encuentre caducado no implica que el interesado tenga antecedentes. Para que el recurso a interponer prospere, es importante adjuntar un nuevo certificado de antecedentes penales y alegar que la administración ha incumplido el plazo establecido por la ley para subsanar la solicitud.
-Existencia de Antecedentes Penales, el motivo alegado en estos supuestos es la falta de acreditación de buena conducta cívica. En estos casos puede ocurrir que el solicitante haya ya cumplido la pena impuesta pero no pueda cancelar aún los antecedentes penales originados pues no ha transcurrido el plazo legalmente establecido para ello; las posibilidades de éxito del recurso dependerán fudamentalmente además de las circunstancias personales,de la gravedad del delito cometido pero es muy complicado que el recurso prospere. En el caso de que los antecedentes ya estuvieran cancelados, el delito no fuera de especial gravedad y se hubiera cometido tiempo atrás, existen bastantes posibilidades de éxito en el recurso a interponer.
- Denegación por no aportarse algún documento, en estos casos tanto si se hubiera presentado, pero por algún motivo el documento en cuestión se hubiera traspapelado, como si no se ha aportado; es necesario que la Administración requiera al solicitante para que en un plazo de 10 días subsane la solicitud, en caso de no haberse producido ese requerimiento habrá que alegarlo en el recurso y adjuntar el documento que ha sido la causa de la denegación.
Ante la denegación de la Nacionalidad Española cabe la posibilidad de interponer, Recurso de Reposición, en este caso resuelve la misma administración que denegó la solicitud y dependiendo del motivo de denegación las posibilidades de éxito varían; o bien acudir a la Audiencia Nacional a través de un Recurso Contencioso Administrativo, hay mayores posibilidades de éxito aunque el recurso tarde más tiempo en resolverse.